Realizar la separación de los residuos valorizables de la edificación de acuerdo con los criterios de la separación secundaria establecida en la NADF-024-AMBT-2013, que establece los Criterios y Especificaciones Técnicas Bajo los cuales se deberá realizar la Separación, Clasificación, Recolección Selectiva y Almacenamiento de los Residuos del Distrito Federal.
Demostrar que la edificación cuente con el mobiliario e infraestructura para separar los residuos generados para que sean enviados a valorización o reciclaje.
Los residuos deberán de separarse de conformidad con la separación secundaria establecida en la NADF-024-AMBT-2013, Que establece los criterios y especificaciones técnicas bajo los cuales se deberá realizar la separación, clasificación, recolección selectiva y almacenamiento de los residuos del Distrito Federal; en las siguientes categorías:
1. Residuos biodegradables susceptibles a ser aprovechados;
2. Residuos inorgánicos con potencial de reciclaje;
3. Papel y cartón con potencial de reciclaje;
4. Metales ferrosos;
5. Metales no ferrosos;
6. PET - Polietileno de treftalato;
7. PEAD o HDPE - Polietileno de alta densidad;
8. PVC - Policloruro de vinilo;
9. PEBD o LDPE - Polietileno de baja densidad;
10. PP – Polipropileno;
11. PS – Poliestireno;
12. Otros plásticos;
13. Vidrio cristalino;
14. Vidrio de color;
15. Vidrio plano;
16. Residuos inorgánicos de aprovechamiento limitado;
17. Residuos de manejo especial y voluminosos;
18. Residuos peligrosos;
Todos los residuos inorgánicos con potencial de reciclaje deberán ser enviados a valorización o reciclaje.
La separación y manejo de los residuos peligrosos deberá realizarse en conformidad con la normatividad aplicable en la materia.
nGyRS: generación y reciclaje de residuos en todas las categorías en kg al año.