PCES 2020 - Criterios

42 - Obligaciones extensivas

Responsabilidad social

Diseño y construccionOperación
No aplica 5
Integrar, dentro de los contratos de arrendamiento, obligaciones ambientales mínimas que deberán cumplir las personas que arrenden locales dentro de la edificación.
  • Que se dé seguimiento a las obligaciones ambientales de los establecimientos que arrendan locales dentro de la edificación.
  • Demostrar que el interesado o promovente enuncia dentro de los contratos de arrendamiento, las obligaciones a las que pueden estar sujetos los arrendatarios de la edificación, según sea aplicable: registro, aprobación o actualización del Programa Interno de protección civil, licencia ambiental única, cédula de operación anual, etc.
  • Presentar copias simples de los documentos que acrediten el cumplimiento de las obligaciones ambientales que les sean aplicables.
  • EstISA: número de establecimientos integrados en el reporte y cumplimiento de las obligaciones ambientales.
  1. Contratos de arrendamiento de la edificación en donde se especifique una cláusula referente al cumplimiento de las obligaciones ambientales.
  2. Copia simple de los siguientes oficios de los locatarios: Registro, Aprobación o Actualización del Programa Interno de Protección Civil vigente, Licencia Ambiental Única para la Ciudad de México vigente, Plan de Manejo de Residuos No Sujetos a la Licencia Ambiental.
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