PCES 2020 - Criterios

77 - Política de cuidados familiares

Calidad de vida a usuarios

Diseño y construccionOperación
No aplica 2
Implementar una política interna que brinde prestaciones superiores a las establecidas en la ley para el cuidado materno y paterno o cuidados familiares, a los empleados de la edificación.
  • Que la totalidad de empleados cuenten con las prestaciones de cuidados familiares.
  • Demostrar que el interesado o promovente implementa una política interna que contemple los siguientes aspectos:
  • 1. Servicio de guarderías para los hijos de los empleados:
  • 2. Licencia pagada para no laborar durante un periodo mínimo 12 semanas al año, para el cuidado de algún familiar gravemente enfermo;
  • 3. Jornadas reducidas de trabajo para el cuidado de familiares gravemente enfermos, durante el tiempo de rehabilitación que determine el médico responsable;
  • 4. Instalación de lactarios y posibilidad de que las madres puedan usarlos en el horario que requieran.
  • LCF: número de licencias otorgadas a personal para cuidados familiares al año.
  1. Descripción de la política de cuidados familiares.
  2. Ejemplo de contrato que incluye esta prestación.
  3. Registro del personal que haga o haya hecho valida alguna de las prestaciones descritas en el criterio (servicio de guardería, licencia pagada para el cuidado de algún familiar gravemente enfermo, ornadas reducidas de trabajo para el cuidado de familiares gravemente enfermos).
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