PCES 2020 - Criterios

9 - No instalación de elementos de arquitectura defensiva

Acción en la comunidad

Diseño y construccionOperación
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Eliminar los elementos de arquitectura defensiva instalados en la edificación cuyo diseño este orientado a restringir o disminuir la permanencia de la población.
  • Que no se instale ningún elemento de arquitectura defensiva por parte de la edificación.
  • Formulación e implementación de la política de canalización de personas en situación de calle a programas sociales.
  • Demostrar que el mobiliario y accesorios urbanos instalados no impidan la estadía, ni dificulten su uso por parte de los usuarios y transeúntes.
  • Entre el mobiliario y accesorios urbanos se deberá evitar la integración de elementos que incluyan en su diseño bolardos, topes, posa manos, que por su contorno o materiales u otros accesorios impidan, dificulten, o disuadan a los usuarios o transeúntes del uso del elemento o los espacios generados por la edificación.
  • Este criterio integra una política de canalización a programas sociales para personas sintecho que utilicen los espacios de la edificación regular o esporádicamente.
  • NoAp: no aplica.
  1. Descripción de la política de canalización de las personas en situación de calle a programas sociales.
  2. Evidencia de la comunicación a usuarios y personal de seguridad de la edificación de la política de canalización de las personas en situación de calle a programas sociales.
  3. Fichas técnicas de los elementos urbanos instalados.
  4. Fotografía del larguillo de las fachadas colindantes con la vía pública.
  5. Inventario de elementos urbanos instalados.
  6. Memoria fotográfica del mobiliario y accesorios urbanos.
  7. Planos de intervención urbana de la edificación.
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